lunes, 12 de octubre de 2015

1-2 La persona de la subsistencia a la coexistencia

1.2.  LA PERSONA: DE LA SUBSISTENCIA A LA COEXISTENCIA

Persona según Boecio es “sustancia individual de naturaleza racional”, éste es el punto de partida de Sto. Tomas de Aquino para sus consideraciones posteriores.
La definición de Boecio no especifica si se refiere a sustancia primera o segunda, o sea, personalidad o personeidad, o esta persona.  Esta  observación se vincula con la necesidad de preguntarse ¿quién es el hombre? más que ¿ porque es hombre? ( pregunta esencial de la filosofía de la educación), es decir  pensar no en la vida humana sino en la persona que vive.
La naturaleza racional determina el “ser persona”, distinguiéndolo de las demás sustancias individuales. Cada persona tiene individuamente la naturaleza racional.
Ser persona consiste en ser un sujeto de la naturaleza racional y ésta es lo que hace que sea persona su sujeto.
¿Cuál es el constitutivo esencial de la persona?, respondemos la subsistencia y ésta la definimos como la independencia de todo sujeto de inhesión, respecto de todo co-principio y respecto de toda parte. Por ser sustancia individual, la persona es, ante todo subsistente, lo que significa que sus ser es independiente.
¿cuál es el constitutivo esencial de la persona, de qué es primero y fundamental en el ser personal, si la subsitencia o la racionalidad? La preeminencia de la subsistencia o la racionalidad no es decisiva en el orden ontológico de la fundamentación, pero si en el orden antropológico de la operatividad radical. Para el rango ontológico de la persona no viene exclusivamente de la naturaleza racional, sino también de la suficiencia o plenitud en que estriba la subsistencia.
Para los tomistas el constitutivo de la persona estriba en la subsistencia, antes que en la racionalidad, esta orientación se denomina “entitativa” mientras que la “esencialista” opta por la racionalidad.
Este sentido de estudio es tomista, que tiene una finalidad teológica y carácter metafísico, pero resulta insuficiente para una consideración antropológica de la persona que pueda fundar la acción pedagógica y por lo tanto para la filosofía de la educación.
Otra característica afirmada como propia y esencial de la persona es la incomunicabilidad , entidad cerrada en sí misma. Esta característica en el ser no impide su relación con otros entes y personas,  ya que anularía otra característica fundamental en el ser persona y fundamental para la educación, la relacionabilidad.
Distinguir entre sustancias primeras y sustancias primeras racionales es ver su criterio de operativo: los entes racionales se impulsan a sí mismos en su obrar mientras que los no racionales obran impulsados por otros. Esto hace a los racionales seres libres y responsables de sus actos. Libertad y responsabilidad son dos vertientes esenciales que distinguen la operatividad de la persona.
La relacionabilidad de la persona puede también denominarse como coexistencia, término significativo frente al de subsistencia. La persona no puede vivir como tal separada de otras, la convivencia personal es primaria, la soledad es un atentado a la vida humana en plenitud, “no hay yo sin tú”. Una persona sola no existe como persona, porque ni siquiera llegaría a conocerse a sí misma como tal. El conocimiento de la propia identidad, la conciencia de uno mismo, sólo se alcanza mediante la intersubjetividad.
La persona es constitutiva y radicalmente coexistencia, no sólo para los otros - las demás personas y Dios-  sino también para sí misma.
 No cabe pensar que la persona sea racional respecto de los otros y no pueda serlo respecto de sí misma. Igualmente en cuanto que plena y total coexistencia, la persona lo es con los demás y consigo misma. Así, la subjetividad humana, por su condición de persona se muestra en su actuación como intersubjetividad radical, lo que es el fondo antropológico del ser humano como animal social. 


No hay comentarios:

Publicar un comentario