1.2. LA PERSONA: DE LA SUBSISTENCIA A LA
COEXISTENCIA
Persona según Boecio es “sustancia individual
de naturaleza racional”, éste es el punto de partida de Sto. Tomas de Aquino
para sus consideraciones posteriores.
La definición de Boecio no especifica si se
refiere a sustancia primera o segunda, o sea, personalidad o personeidad, o
esta persona. Esta observación se vincula con la necesidad de
preguntarse ¿quién es el hombre? más que ¿ porque es hombre? ( pregunta esencial
de la filosofía de la educación), es decir pensar no en la vida humana sino en la persona
que vive.
La naturaleza racional determina el “ser
persona”, distinguiéndolo de las demás sustancias individuales. Cada persona
tiene individuamente la naturaleza racional.
Ser persona consiste en ser un sujeto de la
naturaleza racional y ésta es lo que hace que sea persona su sujeto.
¿Cuál es el constitutivo esencial de la
persona?, respondemos la subsistencia y ésta la definimos como la independencia
de todo sujeto de inhesión, respecto de todo co-principio y respecto de toda
parte. Por ser sustancia individual, la persona es, ante todo subsistente, lo
que significa que sus ser es independiente.
¿cuál es el constitutivo esencial de la
persona, de qué es primero y fundamental en el ser personal, si la subsitencia
o la racionalidad? La preeminencia de la subsistencia o la racionalidad no es
decisiva en el orden ontológico de la fundamentación, pero si en el orden
antropológico de la operatividad radical. Para el rango ontológico de la
persona no viene exclusivamente de la naturaleza racional, sino también de la
suficiencia o plenitud en que estriba la subsistencia.
Para los tomistas el constitutivo de la
persona estriba en la subsistencia, antes que en la racionalidad, esta
orientación se denomina “entitativa” mientras que la “esencialista” opta por la
racionalidad.
Este sentido de estudio es tomista, que tiene
una finalidad teológica y carácter metafísico, pero resulta insuficiente para
una consideración antropológica de la persona que pueda fundar la acción
pedagógica y por lo tanto para la filosofía de la educación.
Otra característica afirmada como propia y
esencial de la persona es la incomunicabilidad , entidad cerrada en sí misma.
Esta característica en el ser no impide su relación con otros entes y
personas, ya que anularía otra
característica fundamental en el ser persona y fundamental para la educación,
la relacionabilidad.
Distinguir
entre sustancias primeras y sustancias primeras racionales es ver su criterio
de operativo: los entes racionales se impulsan a sí mismos en su obrar mientras
que los no racionales obran impulsados por otros. Esto hace a los racionales
seres libres y responsables de sus actos. Libertad y responsabilidad son dos
vertientes esenciales que distinguen la operatividad de la persona.
La relacionabilidad
de la persona puede también denominarse como coexistencia, término significativo
frente al de subsistencia. La persona no puede vivir como tal separada de
otras, la convivencia personal es primaria, la soledad es un atentado a la vida
humana en plenitud, “no hay yo sin tú”. Una persona sola no existe como
persona, porque ni siquiera llegaría a conocerse a sí misma como tal. El
conocimiento de la propia identidad, la conciencia de uno mismo, sólo se
alcanza mediante la intersubjetividad.
La persona
es constitutiva y radicalmente coexistencia, no sólo para los otros - las demás
personas y Dios- sino también para sí
misma.
No cabe pensar que la persona sea racional
respecto de los otros y no pueda serlo respecto de sí misma. Igualmente en
cuanto que plena y total coexistencia, la persona lo es con los demás y consigo
misma. Así, la subjetividad humana, por su condición de persona se muestra en su actuación como intersubjetividad radical,
lo que es el fondo antropológico del ser humano como animal social.
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